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La Justicia anuló el DNU de Milei sobre ciudadanía: un fallo que sacude la política migratoria

Franco Giallo • 30 de junio de 2026

La Cámara Nacional Electoral declaró nulo el decreto 366/2025 de Javier Milei que le había dado a Migraciones la potestad de otorgar la ciudadanía argentina, quitándosela al Poder Judicial. Los jueces Bejas y Dalla Vía sostuvieron que el gobierno usó el DNU sin que existiera una situación de urgencia real, violando la Constitución Nacional.

Lo que la Casa Rosada firmó en mayo de 2025 como una reforma migratoria de fondo acaba de chocar contra un muro judicial. La Cámara Nacional Electoral declaró este martes la nulidad del DNU 366/2025, el decreto con el que el gobierno de Javier Milei le sacó a los jueces la facultad de otorgar la ciudadanía argentina y se la entregó a la Dirección Nacional de Migraciones, un organismo que depende directamente del Poder Ejecutivo.

El fallo lo firmaron los camaristas Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía, dos nombres de peso en la justicia electoral argentina. El caso que gatilló la revisión fue el de una persona de origen chino a quien Migraciones le rechazó el pedido de ciudadanía. Al apelar esa decisión, sus abogados cuestionaron la validez constitucional del decreto que había habilitado ese rechazo. La Cámara les dio la razón.

El argumento central del tribunal es tan claro como contundente: el gobierno usó un DNU para modificar una ley nacional, y eso solo es válido cuando existe una situación de extrema urgencia que impida esperar al Congreso. Según Bejas y Dalla Vía, esa urgencia nunca existió. "Tales consideraciones expresan razones de oportunidad, mérito o conveniencia que incumben a la decisión del Poder Legislativo", escribieron los jueces en el fallo, dejando en claro que Milei no reformó por necesidad sino por conveniencia política.

¿Qué cambios había introducido el decreto anulado? Varios y significativos. Además de trasladar el otorgamiento de ciudadanías al ámbito administrativo, el DNU 366 redujo la residencia precaria de 180 a 90 días y estableció como requisito para pedir la ciudadanía que el solicitante "realice una inversión relevante en el país". Una exigencia que, en la práctica, dejaba afuera a miles de inmigrantes que no tienen capital para invertir pero sí años de vida construida en suelo argentino.

El gobierno había justificado el decreto con un argumento que sonaba razonable en la superficie: que era "irrazonable" que un trámite administrativo como el otorgamiento de ciudadanía siguiera en la órbita judicial, ocupando recursos que podrían usarse para otras funciones. Pero los jueces no compraron esa lógica. La Constitución es explícita: el Poder Ejecutivo no puede emitir disposiciones de carácter legislativo, bajo pena de nulidad absoluta. Y eso fue exactamente lo que hizo Milei al firmar el decreto sin pasar por el Congreso.

El punto más sensible del fallo tiene que ver con la naturaleza misma del proceso electoral. La Cámara Electoral no interviene por capricho: el otorgamiento de ciudadanías tiene incidencia directa en el padrón electoral, y por eso es su competencia específica. Que un organismo del Ejecutivo decida quién puede votar y quién no es, para cualquier demócrata con dos dedos de frente, una señal de alarma.

Este fallo se suma a una larga lista de DNU del gobierno libertario que han sido cuestionados o anulados por la Justicia. Milei llegó al poder con una agenda de desregulación agresiva y una marcada preferencia por gobernar por decreto, evitando las negociaciones parlamentarias. Pero los tribunales vienen poniendo límites, y este es uno de los más resonantes: tocar las reglas de la ciudadanía sin pasar por el Congreso tiene un costo constitucional que el gobierno no supo —o no quiso— calcular.

La pregunta que queda flotando es si el Ejecutivo apelará el fallo o si, esta vez, optará por llevar la reforma al Congreso y buscar los votos que necesita. Por ahora, el decreto es nulo. Y los jueces vuelven a tener en sus manos la decisión sobre quién se convierte en argentino.

Quien es
Alberto Dalla Vía: un juez con historia electoral
Alberto Dalla Vía es uno de los camaristas más reconocidos del fuero electoral argentino. Con décadas de trayectoria, integra la Cámara Nacional Electoral y es referencia en derecho constitucional y electoral. Su firma en fallos de este calibre tiene peso institucional significativo.
Antecedentes
Qué era el DNU 366/2025
El decreto fue firmado por Milei y todo su gabinete en mayo de 2025. Modificó aspectos clave de la política migratoria: redujo la residencia precaria de 180 a 90 días, exigió 'inversión relevante' para pedir ciudadanía y trasladó el otorgamiento de ciudadanías del Poder Judicial a la Dirección Nacional de Migraciones.
En contexto
Cuándo puede el Ejecutivo dictar un DNU
La Constitución Nacional establece dos condiciones: que sea imposible seguir el trámite legislativo ordinario y que exista una situación de extrema urgencia que no admita demora. La Cámara Electoral determinó que ninguna de las dos condiciones se cumplió en este caso.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa que anulen el DNU de Milei sobre ciudadanía?

Que el decreto 366/2025 queda sin efecto y el otorgamiento de ciudadanías vuelve a estar en manos del Poder Judicial, como era antes. Migraciones ya no puede aprobar ni rechazar pedidos de ciudadanía por su cuenta.

¿Quién puede pedir la ciudadanía argentina ahora?

Con el DNU anulado, se retoman las condiciones anteriores al decreto: el trámite vuelve a tramitarse ante la Justicia, sin el requisito de 'inversión relevante' ni la reducción del plazo de residencia precaria a 90 días.

¿Puede el gobierno apelar este fallo?

Sí, el Poder Ejecutivo puede recurrir la decisión ante instancias superiores. También podría optar por enviar una ley al Congreso para reformar el sistema de ciudadanía por la vía constitucional correspondiente.

Fuente: Rosario3