Jueves 22 de octubre de 2026
Politica

Rosario: prohibición de cuidacoches, multas y tareas educativas

22 de octubre de 2026

El intendente Pablo Javkin envió al Concejo un proyecto para adherir a la ley provincial que restringe el trabajo de cuidacoches en Rosario. El texto fija multas, tareas educativas y decomiso de elementos, y modifica el Código de Convivencia.

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Rosario: prohibición de cuidacoches, multas y tareas educativas

El intendente Pablo Javkin envió al Concejo un proyecto para adherir a la ley provincial que restringe el trabajo de cuidacoches en Rosario. La iniciativa ingresó al Palacio Vasallo el 15 de octubre y busca definir excepciones, multas y controles.

El texto propone prohibir en toda la ciudad el ofrecimiento o la disposición de espacios para estacionar en la vía pública, así como la guarda, el cuidado, el lavado o la limpieza de vehículos cuando se realicen a cambio de un beneficio o una retribución económica. La restricción alcanzaría también a los casos en que el pago sea voluntario.

Sin embargo, el artículo siguiente faculta al Ejecutivo a establecer un régimen de excepción. La Municipalidad podría determinar en qué sectores y bajo qué circunstancias se permitirá desarrollar esas actividades, además de fijar requisitos, condiciones, modalidades y plazos para las autorizaciones.

El esquema combina una prohibición general con habilitaciones puntuales, lo que deja en manos del Ejecutivo la definición de sectores y condiciones por reglamentación.

En los fundamentos, el Ejecutivo sostiene que busca ordenar el espacio público y prevenir conductas intimidatorias, extorsivas o violentas, pero también contemplar situaciones particulares que puedan requerir modalidades específicas de organización.

El proyecto reemplaza el artículo 300 del Código de Convivencia y establece distintas sanciones según la conducta. Para quien ofrezca estacionamiento, cuidado, guarda, lavado o limpieza de vehículos a cambio de una retribución económica y sin autorización, la sanción prevista es de 15 a 80 horas de tareas educativas y concientizadoras. Ese supuesto, por sí solo, no incluye una multa.

La pena se eleva a una multa de 10 a 200 unidades fijas —UF— y entre 30 y 160 horas de tareas educativas cuando la actividad se desarrolle bajo circunstancias agravantes. Entre ellas aparecen la violencia o las amenazas contra personas o bienes; la actividad en zonas de estacionamiento medido; y la presencia en un radio de hasta 20 cuadras de eventos públicos masivos durante las dos horas previas y una hora posterior.

También se consideran agravantes el aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad por género, edad o discapacidad; el horario nocturno, definido entre las 18 y las 6; y el desarrollo de la actividad en zonas escolares, bancarias o de edificios públicos.

A valores de octubre, esa escala equivale a multas de entre 23.270 y 465.400 pesos. Para quienes actúen como organizadores, coordinadores o responsables, la propuesta fija multas de 20 a 400 UF y 160 horas de tareas comunitarias. Su traducción económica actual va de 46.540 a 930.800 pesos.

Los importes en pesos variarán con las actualizaciones de la unidad fija. En todos los casos, el proyecto también permite disponer el decomiso de los elementos utilizados. Las sanciones económicas y las tareas previstas en el proyecto corresponden al régimen municipal. Las penas de arresto forman parte de la legislación provincial: ese marco contempla entre 10 y 20 días para los casos de reincidencia, con agravantes que pueden elevar las escalas.

Los agentes de control podrán solicitar, por vía ministerial, la intervención y el auxilio inmediato de la Policía de Santa Fe para hacer cesar la infracción mediante el desplazamiento. El proyecto todavía debe ser tratado por el Concejo. Su aprobación, con o sin modificaciones, establecerá el marco local para aplicar la ley provincial, que condiciona la contravención a que la actividad esté prohibida por la normativa de cada municipio.

En contexto
Multas previstas
Para actividad sin autorización: 15 a 80 horas de tareas educativas y concientizadoras. Con agravantes: 10 a 200 UF y 30 a 160 horas. Para organizadores: 20 a 400 UF y 160 horas.
Antecedentes
Proyecto en el Concejo
El proyecto ingresó al Palacio Vasallo el 15 de octubre y reemplaza el artículo 300 del Código de Convivencia.
En contexto
Agravantes
Se consideran violencia, amenazas, estacionamiento medido, eventos masivos, vulnerabilidad, horario nocturno y zonas escolares, bancarias o de edificios públicos.
Con información de Rosario3
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Comentarios (10)

Deja tu comentario

Marcelo Gutierrez Hoy 15:46

Por fin se toman medidas serias. En el centro se hace inmanejable con cuidacoches que te piden plata y si no te la das te miran feo.

Juan Sosa Hoy 17:27

Igual, si hay zonas de estacionamiento medido y eventos masivos, la multa tiene sentido. Ahí sí se aprovechan.

Silvia Peralta Hoy 15:52

Ojo, porque en Rosario muchos viven de eso. Antes de multar, que el municipio les dé un plan real para reinsertarse.

Rosarino indignado Hoy 16:51

Esto es solo para que la casta municipal cobre más multas. El Estado siempre busca más control, no soluciones.

Diego Fernández Hoy 17:45

No es solo casta. En la fuente queda claro que hay tareas educativas y decomiso, no solo multa. Además el Concejo todavía lo tiene que tratar.

Laura Méndez Hoy 18:11

Tareas educativas? Eso es para que el Estado te dé una lección. Lo que falta es que no haya tantos controles que te persigan.

Carla Ruiz Hoy 18:48

Me parece bien que se prohíba en zonas bancarias y escolares. Ahí se aprovechan de la gente y eso no puede seguir.

Gisela Ríos Hoy 19:17

¿Y en qué sectores van a permitir la excepción? Eso lo va a definir el Ejecutivo por reglamentación, y ahí puede haber mucha arbitrariedad.

Teresa Gómez Hoy 20:22

Buena pregunta. La ley provincial condiciona la contravención a que el municipio la prohíba, así que el reglamento va a ser clave.

Negro_del_sur Hoy 20:15

En el sur siempre hay más presencia. Ojalá no sea solo para multar a los que no pueden pagar.