En una zona sur marcada por la pobreza estructural, una familia habitaba en una precaria vivienda y terminó envuelta en una causa penal. La historia arrancó en diciembre de 2022, cuando una niña de 7 años le dijo a una vecina una frase con connotación sexual que involucraba a su padre, un cuidacoches.
La vecina llamó al 911 y el hombre fue detenido. En la revisión médica se constataron lesiones compatibles con abuso sexual y se obtuvo una muestra genética. La investigación quedó a cargo de la fiscal Agustina Fertita, que avanzó sobre una única hipótesis: la del padre abusador.
El padre estaba a cargo de dos niños de 7 y 8 años, se ganaba la vida como cuidacoches y, según el legajo, tenía problemas con el alcohol. Para trabajar de noche llevaba a los chicos, que al día siguiente dormían en la escuela por el cansancio. Era el único referente adulto que interactuaba con un centro de salud para conseguir bolsones de comida, útiles o apoyo escolar para la niña. Aun así, los testimonios no detectaban indicios de violencia sexual contra los menores.
La defensa, a cargo de Andrea Siragusa, del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, sostuvo que no se exploraron otras líneas. Señaló que la niña iba a comer a la casa de un abuelo, que su madre a veces la llevaba a un pueblo cercano a Rosario donde convivía con una nueva pareja, y que existía la cercanía de un vecino.
La comparación entre la muestra de la niña y la del padre se hizo seis meses después de la detención. El resultado fue clave: el material genético no alcanzaba para identificar al agresor, pero no coincidía con la muestra del padre. Mientras tanto, el hombre siguió preso.
El caso llegó a juicio y, en 2025, la jueza María Trinidad Chiabrera lo condenó a 15 años de cárcel por abuso sexual con acceso carnal, doblemente agravado por ser cometido por un ascendiente y contra un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente.
La defensa pública apeló y la causa pasó a los vocales Javier Beltramone, Miguel Moreno y Tomás Orso. El tribunal reconoció las dificultades probatorias en delitos contra niños, pero señaló que se invirtió la carga de la prueba sobre el acusado y que la víctima quedó sin respuesta.
No es un caso simple. Cuando la única hipótesis apunta a un padre vulnerable, la prueba tiene que ser impecable. Y acá, la muestra genética no lo fue.
La Justicia suele presentarse como el último recurso del Estado. En este caso, los criterios de la fiscalía y de la jueza de primera instancia derivaron en una condena cuestionada por los camaristas.
Tras el proceso, la niña terminó bajo la órbita de la Dirección de Niñez después de que un familiar directo se negara a seguir cuidándola. Los vocales revocaron la condena y absolvieron al cuidacoches, pero la pregunta que queda en el aire es otra: ¿qué pasó con la niña?
Con información de: El Ciudadano.

Comentarios (10)
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Me preocupa que la niña siga sin una respuesta clara. La justicia tiene que proteger a los chicos, no dejarlos en el aire.
Igual, si la prueba genética no coincidía con el padre, no se puede condenar. La presunción de inocencia es lo mínimo.
Pero la fiscalía solo investigó al padre. Eso también es una falla enorme. No se puede dejar a la víctima sin nada.
Me duele la situación de la familia. Pobreza, alcohol, cansancio... y encima una causa penal. Hay que mirar el contexto.
15 años por una prueba que no coincidía con el padre? Eso no se puede sostener.
Totalmente de acuerdo. Los vocales hicieron bien en revisar el fallo.
Lo que no se entiende es por qué tardaron seis meses en comparar la muestra. Eso le cambió la vida al tipo.
Espero que la Dirección de Niñez le dé contención a la nena. Ella es la más vulnerable de todos.
Ojalá. Pero si la causa termina así, queda la sensación de que nadie le creyó.