La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una medida cautelar interina de urgencia para volver a poner en vigencia las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros previstas en la Ley de Tierras. La decisión se conoció el viernes 9 de octubre de 2026 y devuelve al centro del debate la administración de la propiedad rural en el país.
El máximo tribunal remitió el caso a la justicia federal de Bariloche para que evalúe si es pertinente y si corresponde otorgar la medida cautelar que reclama una ONG ambientalista. De esa manera, la Corte no cierra el fondo de la cuestión, sino que ordena avanzar con el control jurisdiccional en la instancia correspondiente.
La medida interina tiene un efecto inmediato: vuelve a aplicar las restricciones que la Ley de Tierras establece para la compra de campos por extranjeros. En la práctica, el fallo obliga a respetar el marco normativo mientras se define si la cautelar solicitada por la organización ambiental debe ser concedida o no.
El caso pone en escena la tensión entre la propiedad rural, el control de la compra extranjera y la protección ambiental. La Corte interviene de urgencia y remite el caso a la justicia federal de Bariloche, aunque la decisión definitiva quedará en manos de esa instancia.
Para el trabajador, el productor y la comunidad que vive del campo, esta decisión importa porque define quién puede comprar tierras y bajo qué reglas. No se trata solo de un trámite judicial: es una cuestión que afecta la seguridad jurídica, la planificación productiva y la defensa del territorio.
La ONG ambientalista reclama una medida cautelar que la Corte Suprema no otorgó directamente, sino que remitió la cuestión a Bariloche para que se analice si es pertinente y si corresponde concederla.
El próximo paso será clave: la justicia federal de Bariloche deberá decidir si la cautelar es pertinente y si corresponde otorgarla. Hasta entonces, la Ley de Tierras vuelve a estar vigente en lo que respecta a las restricciones a la compra de campos por extranjeros.
La cautelar interina no es un fallo de fondo: es una medida de urgencia que permite mantener el efecto de la Ley de Tierras mientras se resuelve el reclamo. La remisión a Bariloche implica que el caso no se agota en la Corte, sino que pasa a una instancia federal para que se analice el pedido de la ONG ambientalista.

Comentarios (10)
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Bien que la Corte ponga orden con la Ley de Tierras. No puede ser que cualquier fondo extranjero compre campos a voluntad.
¿Y los laburantes del campo? Si se restringe la compra, al menos se evita que el campo se vuelva especulación pura.
No es solo laburante, es soberanía. El campo argentino no es una bolsa de valores.
Ojalá no quede en papel. En Rosario se habla mucho de soberanía, pero hay que ver cómo se aplica en el campo.
La ONG ambientalista tiene razón: si no se controla, se pierde territorio y se daña el ambiente.
Me parece bien, pero que no se convierta en un palo para el productor argentino que necesita crédito.
Lo que no entiendo es por qué siempre hay que esperar a la Corte para que se cumpla la ley.
Porque hay que pelearla. Si no, se la saltea como se saltó todo.
Que Bariloche defina rápido. No puede quedar todo en el aire.
Igual, si la Corte ya dictó la cautelar, al menos la ley vuelve a estar en pie mientras se resuelve.