$GA_TAG
Lunes 27 de abril de 2026
⚽ PRODE MUNDIAL 2026 — Inscribite, pronostica los 104 partidos y gana premios 🏆 JUGAR →
Politica

CGT recusa a jueces que reactivaron reforma laboral y denuncia beneficios del Estado

27 de abril de 2026 • Fuente: Rosario3

La central obrera impugnó el fallo que dejó vigente la ley de modernización laboral y acusó a los camaristas de falta de imparcialidad y prejuzgamiento. Uno de los jueces recibió la extensión de su mandato un día después de fallar a favor del Gobierno.

Compartir:
CGT recusa a jueces que reactivaron reforma laboral y denuncia beneficios del Estado

La Confederación General del Trabajo (CGT) presentó una batería de impugnaciones contra la decisión judicial que reactivó la reforma laboral, acusando a los camaristas de la Sala VIII de falta de imparcialidad y solicitando la nulidad absoluta del fallo que benefició al Gobierno nacional.

A través del abogado Pablo Topet, la central obrera recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes firmaron la sentencia que revirtió la medida cautelar del juez Horacio Ojeda que había frenado 81 artículos de la denominada ley de modernización laboral.

El caso de Pesino genera particular controversia: la CGT lo impugna por "falta de imparcialidad" tras conocerse que el Poder Ejecutivo inició el trámite para extender su mandato por 5 años apenas un día después de su fallo favorable al Gobierno. El camarista cumple 75 años en junio, y según la presentación judicial, habría recibido un "beneficio de importancia" del Estado Nacional.

A González se la acusa de prejuzgamiento por haber adelantado opinión sobre el fondo de la cuestión, al afirmar que los trabajadores no son "sectores socialmente vulnerables" y que sus derechos no tienen "naturaleza alimentaria", argumentos que la CGT considera incompatibles con la imparcialidad judicial requerida.

La central obrera sostiene que la Sala VIII carecía de competencia para intervenir, argumentando que "ya había intervenido previamente en causas conexas", como el amparo de la Asociación de Agentes de Propaganda Médica. Además, critica que la sala dictó su resolución con "insólita premura", sin dar traslado a la CGT y sin esperar que se consintiera su radicación.

La medida cautelar original de Ojeda había frenado por tres semanas aspectos centrales de la reforma: el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las limitaciones al derecho a huelga, el cálculo de indemnizaciones sin contemplar aguinaldos, la creación del banco de horas, la fragmentación de vacaciones y la derogación de la Ley de Teletrabajo, entre otros puntos.

Sin embargo, Pesino y González dejaron en suspenso esa decisión basándose en el artículo 13, inciso 3, de la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. Esta norma establece que cuando una cautelar suspende los efectos de una disposición legal, la apelación debe concederse con efecto suspensivo, salvo supuestos excepcionales.

Para los camaristas, "la medida cautelar suspendió la vigencia de una gran cantidad de artículos de una ley del Congreso", lo que tornaba aplicable dicha norma. El Estado Nacional había apelado la decisión de Ojeda, y el recurso fue concedido el 7 de abril inicialmente "con efecto devolutivo", pero luego se modificó a suspensivo tras la queja gubernamental.

La CGT alega que suspender la cautelar permite la vigencia de normas que "cercenan derechos constitucionales" como la huelga y la libertad sindical antes de una sentencia definitiva, y solicita la intervención de la Sala I para resolver sobre la nulidad. El caso podría llegar finalmente a la Corte Suprema de Justicia para una resolución definitiva.

Un día después del fallo favorable a la reforma laboral, el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques activó formalmente el trámite para prorrogar la magistratura de Pesino, una coincidencia temporal que refuerza los argumentos de la CGT sobre la falta de imparcialidad judicial en este caso sensible para los derechos laborales.

Con información de: Rosario3, La Capital.

Quien es
Víctor Arturo Pesino
Camarista de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Cumple 75 años en junio de 2026 y el Ejecutivo inició el trámite para extender su mandato por 5 años, un día después de fallar a favor de la reforma laboral.
Antecedentes
Ley 26.854
Regula las medidas cautelares contra el Estado. Su artículo 13, inciso 3, establece que cuando una cautelar suspende una disposición legal, la apelación debe tener efecto suspensivo, salvo casos excepcionales de derechos especialmente protegidos.
En contexto
Artículos suspendidos
La medida cautelar original del juez Ojeda había frenado 81 artículos de la reforma laboral, incluyendo el FAL, limitaciones al derecho de huelga, cambios en indemnizaciones y la derogación de la Ley de Teletrabajo.
Fuente: Rosario3
Compartir: WhatsApp Facebook X

Comentarios (12)

Deja tu comentario

Roberto Fernandez Hoy 18:54

Muy sospechoso que le extiendan el mandato al juez justo después de fallar a favor del gobierno. Esto huele mal desde cualquier ángulo que lo mires.

Mariana Gutierrez Hoy 18:54

Era obvio que la CGT iba a hacer esto. No les gusta perder y ahora buscan cualquier excusa para anular el fallo. Los trabajadores necesitamos modernización laboral.

El Tano Hoy 18:57

¿En serio defendés que le den beneficios al juez después de fallar? Eso se llama coima encubierta, no modernización.

Silvia Peralta Hoy 19:03

Los derechos laborales no se tocan. 81 artículos suspendidos era lo mínimo que podía hacer la justicia. Ahora volvemos a la precarización.

Marcelo_Rosario Hoy 19:05

La Ley 26.854 es clara: si se suspende una ley del Congreso, la apelación tiene efecto suspensivo. No hay nada raro acá, es procedimiento normal.

Tere de Fisherton Hoy 19:09

Normal un cuerno. ¿Casualidad que le renuevan el mandato al día siguiente? Por favor, no seamos ingenuos.

Diego Morales Hoy 19:13

Mientras tanto los trabajadores seguimos en la incertidumbre. Entre la CGT que no negocia nada y el gobierno que quiere flexibilizar todo, estamos en el medio.

LaFlaca33 Hoy 19:18

Que vaya a la Corte Suprema de una vez y se termine esta novela. Ya estamos cansados de tanto ida y vuelta judicial.

Carlos Mendez Hoy 19:20

La CGT tiene razón en recusar. Un juez que recibe beneficios del Estado no puede ser imparcial. Es sentido común.

Rosarino indignado Hoy 19:25

Esto es lo que pasa cuando la justicia está politizada. No importa el color, siempre hay arreglos por debajo de la mesa.

Lucho Hoy 19:29

¿Y si en vez de tanto recurso la CGT se sentara a negociar en serio? Siempre es no a todo y después se quejan cuando pierden en tribunales.

Marta Rodriguez Hoy 19:32

Los trabajadores no somos 'sectores vulnerables'? Esta jueza vive en otro planeta. Claramente ya tenía la opinión formada antes de fallar.