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Politica

Juez aceptó apelación del Gobierno en ley de financiamiento universitario

9 de octubre de 2026 • Fuente: La Capital

El juez Martín Cormick admitió la apelación del Gobierno nacional contra el fallo que avaló la Ley de Financiamiento Universitario, pero mantuvo la cautelar que obliga al Ejecutivo a cumplir la normativa. El Ministerio de Capital Humano cuestiona el impacto presupuestario y busca revertir la sentencia que dejó sin efecto el Decreto 759/2025.

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Juez aceptó apelación del Gobierno en ley de financiamiento universitario

El juez Martín Cormick dio lugar a la apelación del Gobierno nacional contra el fallo que avaló la Ley de Financiamiento Universitario, aunque mantuvo la cautelar que obliga al Ejecutivo a cumplir la normativa.

La decisión se conoció el viernes 9 de octubre de 2026 y deja en pie la obligación de cumplir la ley, pero habilita al Estado a impugnar la sentencia que había dejado sin efecto el Decreto 759/2025.

La admisión de la apelación no elimina la obligación cautelar: el Ejecutivo sigue debiendo cumplir la ley mientras se resuelve el recurso.

El recurso fue presentado por el Ministerio de Capital Humano, cartera que comanda Sandra Pettovello, y rechaza la decisión de Martín Cormick por considerar que el fallo causa un “gravamen irreparable”.

Para el Gobierno, la sentencia produce “agravios concretos y de significativa gravedad institucional” porque ordena ejecutar la ley sobre una “interpretación arbitraria y fragmentaria del régimen presupuestario” y sin responder “defensas centrales” del Estado.

La cartera sostiene que el cumplimiento de la normativa “proyecta efectos presupuestarios de gran magnitud” y compromete el equilibrio de las cuentas públicas, porque no identifica una “fuente de financiamiento específica y suficiente”.

El argumento fiscal es central: el Estado sostiene que la ejecución de la ley comprometería el equilibrio presupuestario y que cualquier gasto adicional debería contar con financiamiento específico.

Desde el Ministerio también cuestionaron la improcedencia del amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires, al que consideran una vía “no idónea” para resolver la controversia.

Según el Ejecutivo, la causa requiere determinar hechos, montos, fuentes de financiamiento y alcances normativos controvertidos, aspectos que no serían adecuados para un amparo colectivo.

Para el Ministerio, el amparo no permitiría definir con precisión cuánto cuesta la ley, dónde se financia ni qué normas se aplican en cada caso.

El Gobierno remarcó que la Ley 24.629 debe interpretarse “armónicamente” con las leyes 24.156 y 27.798, que establecen normas para autorizar y ejecutar el gasto público.

“Si los mayores gastos deben financiarse mediante reasignaciones, ello supone necesariamente reducir créditos destinados a otras finalidades”, enfatizó el Estado.

En esa línea, el Ministerio aseguró que la Ley de Financiamiento Universitario exigiría reasignar el 90,30% de los créditos disponibles para gastos primarios del Estado Nacional.

Esa cifra, del 90,30%, se usa para sostener que la norma no es financieramente viable sin modificar la estructura de gastos del Estado.

También advirtió que confirmar el fallo afectaría a la “división de poderes”, al imponer al Poder Ejecutivo la ejecución de gastos sin resolver su compatibilidad con el régimen legal de administración financiera y con la Ley de Presupuesto vigente.

Con el recurso, el Gobierno busca revocar la sentencia que declaró parcialmente inconstitucional el Decreto 759/2025 y demorar el cumplimiento de la ley, en medio de los reclamos del sector universitario.

La estrategia judicial apunta a revertir el fallo y a demorar el cumplimiento, aunque la cautelar impide que el Ejecutivo ignore la ley.

El caso pone en el centro el debate por el financiamiento universitario, el gasto público y el límite entre cautelar y apelación.

Con informacion de: La Capital, Conclusion.

En contexto
Decreto 759/2025
Fue declarado parcialmente inconstitucional por el juez Martín Cormick y ahora el Gobierno busca revocar esa sentencia mediante apelación.
En contexto
Leyes presupuestarias citadas
El Gobierno sostiene que la Ley 24.629 debe interpretarse con las leyes 24.156 y 27.798, que regulan autorización y ejecución del gasto público.
Antecedentes
Amparo colectivo
Fue presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires; el Ministerio de Capital Humano lo considera improcedente para resolver la controversia.
Fuente: La Capital
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Comentarios (10)

Deja tu comentario

Marcelo Gutierrez Hoy 16:39

Por fin se ve que el Estado no puede gastar sin fuente de financiamiento. El 90,30% de reasignación no es un detalle, es una bomba fiscal.

Jorge Sosa Hoy 16:48

No es bomba fiscal, es que el Estado no puede reasignar el 90,30% de los créditos. Eso es irresponsabilidad.

El Pipa Hoy 16:56

Coincido, y además la ley debe leerse con las leyes de presupuesto. No se puede gastar sin marco legal.

Silvia Peralta Hoy 16:36

Los chicos de las universidades no pueden pagar la pelea entre el Ejecutivo y la Justicia. La ley es la ley.

Rosarino indignado Hoy 16:41

¿Y la cautelar? Si sigue vigente, el Gobierno tiene que cumplir mientras se resuelve la apelación.

Marta Fernández Hoy 16:49

Me parece bien que se cuestione el amparo colectivo. Para definir montos y fuentes de financiamiento hace falta un procedimiento más serio.

Gisela Ríos Hoy 16:58

Lo que me preocupa es que se dilaten los plazos. Las universidades necesitan certezas.

Diego Medina Hoy 17:04

Cada vez que hay una ley, el Gobierno la ataca. La división de poderes no se toca.

Braian López Hoy 17:10

No es atacar la ley, es defender el equilibrio fiscal. Si no hay fuente de financiamiento, no se puede ejecutar.

Teresa Gómez Hoy 17:17

Esperemos que la apelación no sirva para dejar a las universidades en el aire.