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Economia

Hidrovía: el contrato dice US$ 4,65 para la etapa 1, pero con un solo ajuste la propia ANPyN calcula 4,84

18 de octubre de 2026 • Fuente: UMN24

Según el método que la ANPyN aclaró a los oferentes, el salto de cada etapa se suma a la tarifa básica vigente, con los ajustes por fórmula que haya tenido. En el ejemplo de su comisión evaluadora, la etapa 1 queda en US$ 4,84.

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LA LETRA CHICA

Los US$ 4,65 que el contrato de la hidrovía fija para la etapa 1 no son un precio: son un escalón de 85 centavos que se apoya sobre la tarifa que rija en ese momento[1][2].

El Gobierno anunció una baja[3]. La letra chica describe otra cosa: una escalera cuyos escalones se suman a una tarifa que se actualiza por fórmula.

Lo dice el método que la comisión evaluadora de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), designada por la Resolución 67/2025, transcribió en su dictamen de preadjudicación como aclaración de las consultas al pliego. Al aplicar la tarifa de la etapa 1 o de la etapa 2, a la tarifa básica vigente de la etapa anterior, ajustada por la fórmula de revisión, «se le adicionará el valor correspondiente a la diferencia entre el valor ofertado para cada etapa»[1].

El precio que no es precio

El contrato 508-0006-CON26, que corre 25 años desde su inicio, lista tres renglones para el transporte internacional: US$ 3,80, US$ 4,65 y US$ 5,78[2]. Desde el 10 de septiembre se cobra el primero, que reemplazó a los US$4,30 de antes[3].

Con el método oficial, el segundo y el tercero funcionan como diferencias: 85 centavos para pasar a la etapa 1 y US$ 1,13 para la etapa 2, sumados a lo que valga la tarifa cuando se cambie de etapa[1].

En la licitación ya se había preguntado. En febrero, una consulta pidió confirmar si las tarifas de las etapas 1 y 2 vendrían con los ajustes de la fórmula acumulados desde el inicio de la concesión[4].

La cuenta de la propia ANPyN

La comisión puso números. En uno de los planes evaluados, el de DEME, que quedó segunda, la tarifa arranca en US$ 3,80 y tiene un primer ajuste por fórmula de 5,06% en el año 3: eso la lleva a 3,99 y, con los 85 centavos de la etapa 1, a 4,84[1]. Con los ajustes de ese mismo plan, la etapa 2 llegaría en el año 6 a 6,22[1].

Hecha la cuenta, en ese ejemplo la etapa 1 cuesta 4,1% más que los 4,65 del contrato y 27,4% más que la tarifa de hoy. La etapa 2 queda 7,6% arriba de los 5,78 escritos (cálculo propio con[1] y[2]).

Los 19 centavos de diferencia en la etapa 1 son, justamente, el ajuste por fórmula de los 3,80 que se arrastra al escalón. Moraleja: los números del contrato son el punto de partida, no el precio final.

Qué mueve la fórmula

Según publicó La Nación cuando se firmó el contrato, el peaje base se recalcula con una fórmula que pondera combustible, mano de obra e índices de precios al consumidor, y el resultado puede subirlo o bajarlo[6]. En los planes evaluados, el ajuste es una constante: el de DEME, que según el dictamen sigue el criterio del modelo oficial de referencia, supone un primer ajuste de 5,06% y los siguientes de 5,05%[1].

O sea: el que carga en el Gran Rosario no solo tiene que mirar cuándo se firma el acta de fin de obra de cada etapa. También tiene que mirar la fórmula.

Lo que no está

La página oficial de tarifas de la Vía Navegable Troncal, consultada el 18 de octubre, todavía publica el precio unitario básico de US$ 4,30 de la concesión anterior y no muestra los US$ 3,80[5].

Lo que sigue es opinión de UMN24: si el peaje se va a mover por fórmula y por actas de fin de obra, la ANPyN tiene que publicar el cuadro tarifario vigente, cada ajuste y cada acta el mismo día en que se firmen. Hoy, el que paga entra a la web oficial y encuentra el precio viejo.

Fuentes

  1. ANPyN, Dictamen de preadjudicación de ofertas, ACTA-2026-55771955-APN-GCLYA#ANPYN — argentina.gob.ar
  2. ANPyN, documento contractual 508-0006-CON26 (CONTRAT.AR) — argentina.gob.ar (2026-07-07)
  3. Gobierno nacional, comienza la gestión privada de la Vía Navegable Troncal — argentina.gob.ar (2026-09-10)
  4. ANPyN, Circular aclaratoria N° 7 de la licitación 508-0002-LPU25 — argentina.gob.ar (2026-02-10)
  5. AGP, Tarifas de la VNT — argentina.gob.ar (2026-10-18)
  6. La Nación, Punto por punto: los detalles del contrato firmado por Jan De Nul y Servimagnus — lanacion.com.ar (2026-07-10)
Fuente: UMN24
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