La decisión judicial que sacudió a Rosario esta semana no tiene precedentes: un tribunal ordenó la vacunación obligatoria de un bebé por nacer, pasando por encima de la voluntad expresa de sus padres. El fallo enciende el debate sobre los límites de la patria potestad y el rol del Estado en la protección de menores.
Todo comenzó cuando una importante institución de salud de la ciudad se presentó ante la Justicia tras la negativa reiterada de los progenitores a autorizar las vacunas obligatorias para su hijo al momento del nacimiento. Específicamente, se trata de las dosis contra Hepatitis B y BCG, fundamentales en las primeras horas de vida.
Los padres habían firmado formularios oficiales de negativa sin invocar contraindicación médica alguna, fundando su rechazo en creencias personales. Una postura que mantuvieron pese a que el equipo médico les explicó detalladamente los riesgos que implicaba esta decisión para la salud de su futuro hijo.
¿Qué estaba en juego? Los profesionales fueron claros: la omisión de la vacuna contra la hepatitis B dentro de las primeras horas incrementa significativamente el riesgo de infección crónica, cirrosis y cáncer hepático. Mientras que no aplicar la BCG expone al niño a formas graves de tuberculosis. Enfermedades que pueden marcar para siempre la vida de una criatura.
Ante la persistencia de la negativa, la institución activó los mecanismos legales previstos y promovió una acción de protección de persona. La respuesta judicial no se hizo esperar y fue contundente.
El tribunal hizo especial hincapié en el principio del interés superior del niño, consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño. "El ejercicio de la responsabilidad parental no es absoluto", sostuvo el fallo, marcando que encuentra límites cuando las decisiones de los progenitores ponen en riesgo la salud o la vida del menor.
Pero hay más. La jueza interviniente recordó que la vacunación constituye una política de salud pública de carácter obligatorio, conforme lo establece la Ley 27.491. Esta normativa define a las vacunas como un bien social, de interés nacional, y prevé expresamente la posibilidad de disponer la vacunación compulsiva ante casos de incumplimiento.
El argumento que cerró el debate fue demoledor: la negativa a vacunar no solo afecta al niño, sino que compromete la salud colectiva, debilitando los mecanismos de prevención y control de enfermedades transmisibles. En tiempos donde la salud pública volvió a ser prioridad, este enfoque cobra especial relevancia.
La resolución fue tajante: ordenó a los progenitores el cumplimiento del esquema de vacunación obligatorio, autorizó al efector de salud a proceder de manera compulsiva en caso de persistir la negativa, y dispuso la intervención de organismos de protección de derechos de niños y adolescentes.
Agustina Ostoich, abogada patrocinante de la institución (Departamento de Derecho de Salud del Estudio Casanova), fue clara: "El fallo reafirma el carácter obligatorio de las vacunas en Argentina y la primacía del derecho a la salud de los niños por sobre decisiones individuales cuando estas resultan perjudiciales".
Para Ostoich, la decisión consolida un criterio clave: el Estado y las instituciones de salud no solo están habilitados, sino obligados a intervenir cuando se verifican conductas que ponen en riesgo la salud de menores, incluso mediante medidas coercitivas.
Este fallo marca un precedente que trasciende el caso particular. En una sociedad donde las creencias personales a veces chocan con las políticas sanitarias basadas en evidencia científica, la Justicia rosarina dejó en claro dónde están los límites. El interés superior del niño y la salud pública no son negociables.

Comentarios (12)
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Perfecto el fallo. Los padres no pueden jugar con la salud de sus hijos por caprichos. Las vacunas salvan vidas, punto.
¿Y la libertad de los padres dónde queda? Cada vez más el Estado se mete en nuestras decisiones. Esto es un precedente peligroso.
@El Tano la libertad termina donde empieza el derecho del pibe a no morirse de tuberculosis. Informate un poco.
@Rosarino indignado vos informate sobre los efectos adversos que no te cuentan. No todo es blanco o negro.
Como pediatra aplaudo esta decisión. He visto las consecuencias de no vacunar: hepatitis crónica, tuberculosis meníngea. No es joda.
Yo entiendo a los padres que tienen miedo por todo lo que se dice de las vacunas, pero acá hay evidencia científica de décadas.
Mis tres hijos vacunados y sanos. Los antivacunas viven en una burbuja, no saben lo que es perder un hijo por una enfermedad prevenible.
El problema es que estos padres después van a criar al pibe con resentimiento hacia el sistema. Ojalá reflexionen.
Bien por la Justicia. En pandemia vimos lo que pasa cuando la gente no se cuida. La salud pública es responsabilidad de todos.
¿Y si los padres se van a otra provincia donde no los obliguen? Este fallo puede generar más problemas de los que soluciona.
Lo que me preocupa es que esto abra la puerta a que el Estado decida sobre nuestros cuerpos en otros temas también.