La Corte Suprema de Justicia de la Nación cerró un expediente ambiental que empezó con el diagnóstico de una niña en Sastre y terminó confirmando una distancia de 1.000 metros entre fumigaciones terrestres y la planta urbana de esa ciudad santafesina.
La resolución, publicada el 13 de agosto, desestimó la queja de la Municipalidad de Sastre y Ortiz y dejó firme la sentencia original. El máximo tribunal sostuvo que el recurso extraordinario no cumplía con la fundamentación autónoma exigida por el artículo 15 de la ley 48.
El reclamo nació en 2018, cuando la familia de Zoe Giraudo, de dos años, buscó respuestas tras el diagnóstico de linfoma linfoblástico tipo T. La búsqueda se convirtió en una lucha comunitaria contra los agrotóxicos en un pueblo de poco más de 6.000 habitantes del centro-oeste de Santa Fe.
Sonia González, mamá de Zoe, recordó en 2020 que en su casa, al cruzar una calle de tierra, empezaban los campos de soja. “Estamos rodeados”, dijo. También contó que los médicos le explicaron que la enfermedad de su hija se debía a la exposición a agroquímicos y que ella había trabajado 11 años en una cooperativa agrícola, con oficina a cinco metros del depósito.
El recorrido judicial fue largo. En septiembre de 2020, el juez Duilio Hail dictó el fallo inicial que estableció la zona de exclusión de 1.000 metros. Después, la Municipalidad de Sastre y Ortiz apeló ante la Cámara de Apelaciones de Rafaela y la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, sin éxito.
Antes de esa sentencia, el Concejo Deliberante había aprobado una ordenanza de 200 metros, pero productores y municipio lograron el veto. Los vecinos autoconvocados buscaron el patrocinio del Defensor Oficial, acumularon evidencia científica y en noviembre de 2018 obtuvieron una cautelar de 400 metros del juez Daniel Zoso, medida que volvió a frenarse.
Para Luis Blanco, de La Capital, el caso se convirtió en “una referencia obligada en materia ambiental” porque pocos antecedentes acumularon una secuencia de ratificaciones judiciales de esta magnitud. La decisión final confirma que la comunidad de Sastre logró sostener un límite de distancia frente a las fumigaciones terrestres.
La historia muestra cómo una familia que buscó entender el cáncer de su hija terminó empujando una causa colectiva. La exposición a agroquímicos no fue solo un problema individual: se convirtió en una disputa por la salud de una comunidad que vive rodeada de campos.

Comentarios (10)
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Me parece bien que la Corte haya cerrado el caso. Una familia buscó respuestas por el cáncer de su hija y terminó logrando un límite para toda la comunidad.
Mientras tanto los productores siguen fumigando donde pueden. 1.000 metros no resuelven el viento ni el agua.
Al menos ahora hay una distancia mínima. Antes la ordenanza de 200 metros la vetaron, así que esto es un avance.
Un avance para Sastre, pero si no hay fiscalización real, el límite se vuelve letra muerta.
Me parece que siempre se culpa a los agrotóxicos y no se habla de otras causas. Pero bueno, que cada uno opine.
La historia de Zoe es muy dura. Ojalá sirva de referencia para otros pueblos del interior.
¿Alguien sabe si esta distancia aplica solo a Sastre o puede usarse en otras causas?
La nota dice que fue para la planta urbana de Sastre, pero el texto lo define como referencia obligada en materia ambiental.
Que haya que llegar a la Corte para proteger a los vecinos muestra cuánto se prioriza la producción.