La Justicia de Rosario condenó este lunes a Ariel Matías Cabrera y Damián Reifenstuel a 20 años de prisión, y a Juan José Masson a 18 años, por el crimen de Ivana Garcilazo.
La jueza Natalia Benvenuto explicó que los tres hombres actuaron como coautores de un homicidio simple con dolo eventual, agravado por haber ocurrido en ocasión de un espectáculo deportivo.
El hecho se produjo el 30 de septiembre de 2023, tras un clásico rosarino, cuando los acusados arrojaron fragmentos de baldosas contra la joven y su pareja, que circulaban en moto por la zona del Parque Independencia.
Benvenuto enmarcó el crimen en el clima de la ciudad: “La muerte de Ivana Garcilazo no ocurrió en un vacío social. Ocurrió en una ciudad atravesada por la pasión, la rivalidad y la expectativa que despierta el clásico entre Rosario Central y Newell's Old Boys”.
El tribunal dejó en claro que no juzgó a “personas inmaduras”, sino a “tres hombres adultos”, un profesor de química, un profesor de educación física y un comerciante, con plena capacidad de autodeterminación.
La resolución dio por probado que los acusados se dirigieron a la intersección de Ovidio Lagos y Montevideo buscando interceptar a simpatizantes rivales tras la derrota de su equipo. Al ver pasar a Ivana y a su pareja con indumentaria de Rosario Central, lanzaron trozos de una vereda rota.
“Arrojar proyectiles contundentes de gran peso contra zonas vitales de personas que se desplazaban en motocicleta es utilizar un medio inusitadamente peligroso con aptitud objetiva para causar la muerte”, fundamentó la jueza.
Sobre el dolo eventual, la magistrada explicó: “Dicho en palabras simples, no se probó que quisieran matar a una persona determinada como fin, pero sí que, sabiendo que podían matar, siguieron adelante y aceptaron esa posibilidad”.
Benvenuto sostuvo que “todos los agresores fueron identificados con certeza” y que no era necesario determinar qué piedra alcanzó a la víctima para atribuir el resultado a los tres acusados.
La jueza advirtió que la pena “no puede fijarse a partir de la conmoción social que provocó el hecho”, sino por la culpabilidad individual por un hecho concreto.
El tribunal rechazó la versión de la querella sobre una planificación homicida con reparto de tareas, porque no tuvo sustento probatorio. En cambio, la fiscalía fundó su acusación en el dolo eventual.
Para la magistrada, el dolo eventual denota una menor tensión hacia el resultado letal que el dolo directo, porque no hubo intención positiva de matar ni un plan previo y deliberado.
La sentencia sumó como agravante el rol de docentes y formadores de dos de los condenados.
Benvenuto sostuvo que se trata de un hecho de enorme repercusión pública, con casi 3 años de exposición mediática y un legítimo reclamo de justicia.
Con información de: Rosario3 y fundamentos del tribunal.

Comentarios (10)
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Finalmente hubo sentencia. Ojalá sirva para que en los clásicos no se repita esta violencia.
20 años no alcanzan para lo que hicieron. Ivana no volvió.
Con todo respeto, la jueza explicó que no se puede condenar por la conmoción social. La ley es la ley.
La ley también dice que arrojaron piedras a una moto. No es un accidente.
Me parece importante que el tribunal haya dicho que no se juzgó a personas inmaduras. Eso cambia la mirada.
Cada vez que hay clásico en Rosario se repite el terror. Hay que controlar más los accesos.
Los accesos no son el problema, son los hinchas que salen a cazar rivales.
Que se haya identificado a los tres con certeza es un alivio. No quedó impune.
La explicación del dolo eventual me parece clara: no buscaban matar a Ivana, pero aceptaron el riesgo.