Una batalla judicial que duró apenas ocho días cambió el destino de una mujer de 66 años que lucha contra un cáncer en estadio avanzado. La Justicia Federal de Rosario le dio la razón y ordenó al PAMI garantizar el tratamiento que la obra social le había negado.
La jueza Natalia Analía Martínez, titular del Juzgado Federal 2, dictó una medida cautelar que obliga al Instituto a cubrir el 100% de la medicación Nivolumab para la paciente que padece un adenocarcinoma en estadio IV con metástasis hepática. Una sentencia que llega cuando cada día cuenta.
El drama empezó cuando el Dr. Ronco, médico tratante de la mujer, prescribió la inmunoterapia de forma urgente para controlar el avance de la enfermedad y mejorar su expectativa de vida. Pero PAMI respondió con la frialdad de siempre: ofrecieron un esquema alternativo llamado xelox, argumentando que el tratamiento solicitado 'se encontraba fuera de los protocolos del instituto'.
¿Protocolos versus supervivencia? La respuesta llegó desde los tribunales federales de Rosario. La resolución judicial, impulsada por los abogados de la asociación 'Práctica Ciudadana', se basó en el carácter constitucional del derecho a la salud y puso las cosas en su lugar.
La jueza Martínez fue contundente y citó la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que obliga al Estado a diseñar políticas de salud integrales y sin discriminación para la tercera edad. No hay vuelta que darle: la ley es clara.
El fallo recordó tres puntos que PAMI no puede ignorar: la salud no es solo la ausencia de enfermedad sino un bienestar físico y mental completo; la Ley 23.611 declara de interés nacional la lucha contra el cáncer; y el Programa Médico Obligatorio establece la cobertura del 100% para medicamentos oncológicos.
La acción de amparo se presentó el 4 de febrero de 2026 y la medida cautelar se dictó el 12 de febrero. Ocho días que marcaron la diferencia entre la burocracia y la vida. Este antecedente refuerza la importancia del amparo de salud como herramienta rápida frente a las demoras administrativas que ponen en riesgo la supervivencia de los pacientes.
Desde Práctica Ciudadana informaron que brindan asesoramiento legal sobre estos temas los jueves a partir de las 18 horas en calle Laprida 1.443. También cuentan con las líneas 341-5606773 y 341-5459703 para consultas.
Una vez más, la Justicia tuvo que intervenir para que una obra social cumpla con lo que la ley ya establece. La pregunta que queda flotando es cuántos casos similares no llegan a los tribunales y quedan en el camino de la burocracia sanitaria.

Comentarios (12)
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Por fin una buena noticia. Mi marido está pasando por lo mismo con PAMI, le niegan todo. Voy a llamar a esos abogados.
Bien por la jueza Martínez. PAMI se cree que puede jugar con la vida de la gente. Ojalá este fallo siente precedente.
¿Y quién paga esos tratamientos carísimos? Los que aportamos toda la vida. PAMI no tiene plata infinita.
@El Pipa justamente para eso aportamos, para que nos cubran cuando lo necesitamos. ¿O vos preferís que se mueran?
@El Pipa hermano, ¿en serio vas a discutir si hay que salvar una vida? Andá a hacerte ver.
Como médico digo que el Nivolumab es efectivo pero costoso. PAMI debería tener protocolos claros, no negar por negar.
Siempre lo mismo con las obras sociales. Te cobran religiosamente pero cuando necesitás algo te dan vueltas.
Gracias por publicar los teléfonos de Práctica Ciudadana. Mi hermana necesita ayuda con un tema similar.
8 días para resolver. Eso sí es justicia rápida. Felicitaciones a la jueza y a los abogados.
Mi suegra tuvo que hacer juicio a PAMI por un marcapasos. Es increíble que tengas que ir a la Justicia para que te den lo que te corresponde.
¿Alguien sabe si esto aplica también para otras obras sociales o solo PAMI?
@Diego aplica para todas. El PMO es obligatorio para todas las obras sociales y prepagas.