LA LETRA CHICA
Cuatro firmas tuvieron seis descartes por empresa e ítem en la compra LED de Rosario: cuatro por ensayos y dos por eficiencia.[1]
El dato sale de cruzar los motivos con los renglones desestimados en el Decreto 710/2026, firmado por el intendente Pablo Javkin el 23 de abril. La compra corresponde a la segunda etapa del programa Año 2025, aunque se adjudicó en 2026.[1][3]
El control técnico merece algo más que una lista de ganadores. Que el municipio ponga a la vista la comparación que permite verificar por qué una propuesta sigue en carrera y otra queda afuera. El decreto cita informes y una planilla comparativa, pero no los incorpora completos.[1]
Un descarte no equivale a una empresa eliminada
La unidad de este conteo es cada combinación de empresa e ítem que el acto desestima. Una firma con rechazos en dos renglones suma dos casos; eso no significa que haya dos empresas ni que se la haya excluido de todos los ítems que cotizó.[1]
Motivo expreso en el decreto · Casos por empresa e ítem · Renglones afectados
Falta de ensayo oficial actualizado · 3[1] · Ítems 1, 2 y 3, según la propuesta[1]
Falta de ensayo oficial · 1[1] · Ítem 3[1]
Eficiencia lumínica inferior al mínimo · 2[1] · Ítems 1 y 3[1]
La cuenta es 3 casos por ensayo actualizado[1] + 1 por ensayo oficial[1] + 2 por eficiencia[1] = 6 desestimaciones. Agrupadas por causa: 4 casos por ensayos[1] + 2 por eficiencia[1] = 6. No es una tasa de rechazo sobre todas las ofertas: el documento no trae ese universo completo.[1]
Protocolos de hasta seis meses
El pliego exigía presentar con la oferta copias certificadas de protocolos emitidos por un laboratorio oficial, con una antigüedad máxima de seis meses. Es una exigencia distinta de la eficiencia mínima de la luminaria: tener un ensayo y alcanzar el rendimiento requerido son controles diferentes.[2]
Para las luminarias de emboque, el mínimo era de 160 lúmenes por watt; para las de colgar se exigía superar ese valor. Los lúmenes por watt expresan cuánta luz entrega el equipo por unidad de potencia. El decreto describe dos descartes por no alcanzar la eficiencia exigida, pero no transcribe los valores medidos de esas ofertas.[1][2]
Por eso, el expediente debería permitir seguir el recorrido completo: qué equipo se ofreció, qué ensayo presentó, qué resultado obtuvo y cómo se lo evaluó. El texto del decreto permite contar las decisiones y sus fundamentos declarados; no rehacer los ensayos ni certificar por cuenta propia el desempeño de los equipos.[1][2]
Mejor puntaje necesita una planilla
El pliego define el coeficiente económico-lumínico, CEL, como precio multiplicado por potencia y dividido por flujo luminoso. Gana el menor resultado. Para reconstruirlo hacen falta los valores efectivos de cada oferta, no solamente el precio ni el mínimo requerido.[2]
La adjudicación asignó el ítem 1 a ELT Argentina; el 2 a I-LED Argentina; y repartió el 3 entre TUTHOM y STRAND. La suma autorizada es $100.784.000[1] + $108.900.000[1] + $365.000.000[1] + $397.348.000[1] = $972.032.000. Son importes adjudicados, sin comprobantes de pago o instalación en este decreto.[1]
El acto menciona informes técnicos a fs.613 y 645, observaciones a una planilla comparativa a fs.631 y una mejora de ofertas del 26 de marzo de 2026. No basta con conocer qué empresa obtuvo cada renglón para reconstruir esa evaluación.[1]
La decisión ya lleva la firma de Javkin. Que la Municipalidad publique la planilla con modelo, precio, potencia, flujo y CEL de cada propuesta evaluada: el contribuyente también debería poder seguir el puntaje que la sostiene.[1][2][3]
Fuentes
- Rosario, Decreto 710/2026, tres páginas completas — rosario.gob.ar (2026-10-19)
- Rosario, pliego de la licitación 35775, veintiocho páginas completas — apimgw.rosario.gob.ar (2026-10-19)
- Rosario, ficha oficial del Decreto 710/2026, fecha y firmantes — rosario.gob.ar (2026-10-19)
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