La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe sacudió el tablero previsional provincial con un fallo que tiene dos caras: declaró inconstitucional el tope fijo a las jubilaciones más altas, pero al mismo tiempo validó los aportes solidarios que el gobierno de Maximiliano Pullaro venía aplicando para sanear la Caja. Una decisión que, leída en conjunto, no es ni una victoria total para los demandantes ni una derrota limpia para la Provincia.
El fallo, votado por un ajustado 4 a 3, responde a demandas presentadas en el marco de la Ley de Emergencia Previsional santafesina. Esa norma había fijado un techo equivalente a 20 jubilaciones mínimas para los haberes más altos, apuntando especialmente a jueces e integrantes del Poder Judicial. Antes de la ley, las jubilaciones más elevadas podían superar a las mínimas hasta en 30 veces. Una brecha que, para muchos, era indefendible. Para los afectados, un derecho adquirido.
La acción judicial que forzó el pronunciamiento sobre el tope fue impulsada por Elena Virginia Ramón, camarista penal. La Corte le dio la razón: ese límite inamovible viola garantías constitucionales. Distinto fue el caso de Gladys Noemí Lisi, docente jubilada que cuestionó el aporte solidario —ese recorte aplicado tanto a activos como a pasivos para reducir el déficit previsional—. Acá el tribunal entendió que el amparo no era la vía correcta y ordenó a los reclamantes presentarse ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo en un plazo de 30 días.
La clave del resultado estuvo en el voto del ministro Roberto Falistocco, quien definió ambas mayorías. Acompañó a Eduardo Spuler, Rubén Weder y Rafael Gutiérrez para tumbar el tope, pero se corrió hacia el bloque de Margarita Zabalza, Daniel Erbetta y Jorge Baclini para rechazar la vía del amparo en el caso de los aportes solidarios. Un equilibrista que terminó moldeando el resultado a su imagen.
¿Cuánto le cuesta esto a la Provincia? Menos de lo que parece. Según informó la periodista Ivana Fux de Radio 2, el número de jubilados que tenían su haber limitado por el tope ronda el centenar de personas. No es una masa de beneficiarios que vaya a hacer temblar las arcas santafesinas. Desde el gobierno provincial ya anticiparon que apelarán el fallo en lo referido al freno a las llamadas jubilaciones de privilegio.
Sobre los aportes solidarios, el panorama también es manejable para el Ejecutivo. Pullaro ya había anunciado que la medida cesaría en septiembre. Y como la Corte no declaró su inconstitucionalidad, la Provincia no está obligada a devolver los fondos retenidos. Un alivio nada menor en términos fiscales.
Lo que queda en pie, más allá de los números, es la discusión de fondo: ¿hasta dónde puede el Estado provincial intervenir en los haberes de sus jubilados en nombre de la emergencia? La Corte trazó una línea, aunque con matices. El debate, lejos de cerrarse, acaba de entrar en una nueva etapa.

Comentarios (13)
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Siempre lo mismo: los jueces se cuidan entre ellos. ¿Quién creen que impulsó esta demanda? Una camarista. Se protegen el bolsillo y después nos hablan de austeridad.
Che, pero si la ley era inconstitucional, era inconstitucional. No me gusta que los jueces ganen fortunas, pero la Constitución es para todos, no solo para los que nos caen bien.
Exacto Silvia, bien dicho. El problema es el sistema, no que se aplique la Constitución.
Un centenar de privilegiados que cobran 20 veces la mínima y encima van a la Justicia a pedir más. Mientras tanto mi vieja cobra $180 mil y no le alcanza para los remedios. Vergüenza.
Lo que me parece importante destacar es que los aportes solidarios NO fueron declarados inconstitucionales. O sea, Pullaro se salvó de tener que devolver plata. Eso es lo que hay que leer entre líneas acá.
Pullaro igual los iba a sacar en septiembre los aportes. Así que tampoco es que la Justicia lo frenó en algo. Salió bastante bien parado el gobernador con este fallo.
Exactamente eso digo, Tano. El gobierno provincial zafó de lo más costoso. La apelación que viene ahora es más para la tribuna que para cambiar algo concreto.
Falistocco definió todo con su voto. Interesante cómo un solo ministro puede moldear un fallo de esta magnitud. Eso también habla de lo frágil que es el equilibrio en la Corte santafesina.
¿Y la docente jubilada que reclamó por los aportes? La mandaron al contencioso administrativo, o sea a seguir peleando años más. Justicia lenta es injusticia.
La docente tiene razón en reclamar, pero el amparo no era la vía. Eso es derecho procesal básico. Que la manden al contencioso no significa que pierda, significa que tiene que ir por el camino correcto.
Sí, lo entiendo Jorge, pero ¿cuántos años más tiene que esperar una jubilada para que le devuelvan lo que le descontaron? El 'camino correcto' en Argentina dura décadas.
Bien que declararon inconstitucional el tope. Ahora, que quede claro: esto no es un logro de los trabajadores comunes. Es un logro de los jueces para los jueces. Muy distinto.
yo laburo en el estado hace 15 años y me descontaron los aportes solidarios todos estos meses. ahora me dicen que no me los devuelven porque la corte no los declaró inconstitucionales. una cagada.