Lo que la Casa Rosada firmó en mayo de 2025 como una reforma migratoria de fondo acaba de chocar contra un muro judicial. La Cámara Nacional Electoral declaró este martes la nulidad del DNU 366/2025, el decreto con el que el gobierno de Javier Milei le sacó a los jueces la facultad de otorgar la ciudadanía argentina y se la entregó a la Dirección Nacional de Migraciones, un organismo que depende directamente del Poder Ejecutivo.
El fallo lo firmaron los camaristas Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía, dos nombres de peso en la familia-en-funes.html" class="auto-link">justicia electoral argentina. El caso que gatilló la revisión fue el de una persona de origen chino a quien Migraciones le rechazó el pedido de ciudadanía. Al apelar esa decisión, sus abogados cuestionaron la validez constitucional del decreto que había habilitado ese rechazo. La Cámara les dio la razón.
El argumento central del tribunal es tan claro como contundente: el gobierno usó un DNU para modificar una ley nacional, y eso solo es válido cuando existe una situación de extrema urgencia que impida esperar al Congreso. Según Bejas y Dalla Vía, esa urgencia nunca existió. "Tales consideraciones expresan razones de oportunidad, mérito o conveniencia que incumben a la decisión del Poder Legislativo", escribieron los jueces en el fallo, dejando en claro que Milei no reformó por necesidad sino por conveniencia política.
¿Qué cambios había introducido el decreto anulado? Varios y significativos. Además de trasladar el otorgamiento de ciudadanías al ámbito administrativo, el DNU 366 redujo la residencia precaria de 180 a 90 días y estableció como requisito para pedir la ciudadanía que el solicitante "realice una inversión relevante en el país". Una exigencia que, en la práctica, dejaba afuera a miles de inmigrantes que no tienen capital para invertir pero sí años de vida construida en suelo argentino.
El gobierno había justificado el decreto con un argumento que sonaba razonable en la superficie: que era "irrazonable" que un trámite administrativo como el otorgamiento de ciudadanía siguiera en la órbita judicial, ocupando recursos que podrían usarse para otras funciones. Pero los jueces no compraron esa lógica. La Constitución es explícita: el Poder Ejecutivo no puede emitir disposiciones de carácter legislativo, bajo pena de nulidad absoluta. Y eso fue exactamente lo que hizo Milei al firmar el decreto sin pasar por el Congreso.
El punto más sensible del fallo tiene que ver con la naturaleza misma del proceso electoral. La Cámara Electoral no interviene por capricho: el otorgamiento de ciudadanías tiene incidencia directa en el padrón electoral, y por eso es su competencia específica. Que un organismo del Ejecutivo decida quién puede votar y quién no es, para cualquier demócrata con dos dedos de frente, una señal de alarma.
Este fallo se suma a una larga lista de DNU del gobierno libertario que han sido cuestionados o anulados por la Justicia. Milei llegó al poder con una agenda de desregulación agresiva y una marcada preferencia por gobernar por decreto, evitando las negociaciones parlamentarias. Pero los tribunales vienen poniendo límites, y este es uno de los más resonantes: tocar las reglas de la ciudadanía sin pasar por el Congreso tiene un costo constitucional que el gobierno no supo —o no quiso— calcular.
La pregunta que queda flotando es si el Ejecutivo apelará el fallo o si, esta vez, optará por llevar la reforma al Congreso y buscar los votos que necesita. Por ahora, el decreto es nulo. Y los jueces vuelven a tener en sus manos la decisión sobre quién se convierte en argentino.

Comentarios (15)
Deja tu comentario
Por fin alguien le pone un freno. No se puede gobernar a puro decreto, eso lo sabe cualquiera que haya leído la Constitución aunque sea una vez en la vida.
Che, y mientras tanto el Congreso no hace nada hace dos años. ¿Cuándo fue la última vez que aprobaron una ley importante? El problema no es solo Milei.
Que el Congreso funcione mal no le da al Ejecutivo carta blanca para saltárselo. Son dos problemas distintos, no confundamos.
Esto era cantado. Desde que firmaron ese decreto varios constitucionalistas dijeron que no iba a aguantar un cuestionamiento serio. El gobierno apostó a que nadie lo impugnaba.
Dalla Vía es un juez serio, con trayectoria. Este fallo no es de un activista judicial, es de alguien que conoce el derecho electoral de memoria. Eso le da mucho peso a la decisión.
Y ahora vuelven los jueces a decidir quién es argentino y quién no. Tampoco me parece la gran solución, pero bueno.
Lo del requisito de 'inversión relevante' era una barbaridad. Como si ser argentino fuera un privilegio solo para los que tienen plata. Me alegra que lo hayan tirado abajo.
igual milei va a apelar y esto va a durar años en los tribunales, como siempre. al final no cambia nada
¿Y los que ya les rechazaron la ciudadanía con ese decreto? ¿Qué pasa con ellos? Nadie habla de eso.
Buena pregunta. Supongo que pueden volver a presentar el trámite ahora que el decreto es nulo, pero alguien debería aclararlo oficialmente.
Mi vecina es de origen peruano, lleva 12 años acá, paga impuestos, tiene hijos argentinos. Con ese decreto le habían rechazado el pedido. Ojalá ahora pueda seguir adelante.
El problema de fondo es que este gobierno tiene una visión muy restrictiva de quién merece ser argentino. El DNU era solo la punta del iceberg.
No sé, a mí me parece razonable que haya más controles para dar la ciudadanía. No todo es xenofobia. Hay que ver caso por caso.
Controles sí, pero por ley y con el Congreso en el medio, no por decreto presidencial. Esa es la diferencia que marca el fallo.
Que lo lleven al Congreso entonces y que se vote. Si tienen razón, que consigan los votos. Para eso está la democracia.