La Justicia rosarina cerró el juicio por la muerte de Ivana Garcilazo con tres condenas por homicidio simple con dolo eventual, agravado por haber ocurrido en ocasión de un espectáculo deportivo.
Ariel Matías Cabrera y Damián Reifenstuel fueron sentenciados a 20 años de prisión, mientras que Juan José Masson recibió 18 años de cárcel.
A esas penas se sumó la prohibición perpetua para presenciar partidos de fútbol, una medida que el tribunal incluyó para los tres condenados por el crimen de Ivana Garcilazo.
La jueza Natalia Benvenuto explicó que los tres hombres actuaron como coautores al arrojar fragmentos de baldosas contra la joven y su pareja cuando circulaban en moto por la zona del Parque Independencia.
Según la resolución, el hecho ocurrió el 30 de septiembre de 2023, tras un clásico rosarino, cuando los acusados se dirigieron a la intersección de Ovidio Lagos y Montevideo buscando interceptar a simpatizantes rivales tras la derrota de su equipo. La magistrada detalló esa secuencia en la lectura de los fundamentos.
Al ver pasar a Ivana y a su pareja con indumentaria de Rosario Central, lanzaron trozos de una vereda rota. La magistrada sostuvo que arrojar proyectiles contundentes de gran peso contra zonas vitales de personas que se desplazaban en motocicleta es utilizar un medio inusitadamente peligroso con aptitud objetiva para causar la muerte.
La jueza enmarcó el hecho en el clima de la ciudad: “La muerte de Ivana Garcilazo no ocurrió en un vacío social. Ocurrió en una ciudad atravesada por la pasión, la rivalidad y la expectativa que despierta el clásico entre Rosario Central y Newell's Old Boys”.
El tribunal también dejó en claro que no juzgó a “personas inmaduras”, sino a “tres hombres adultos, un profesor de química, un profesor de educación física y un comerciante, con plena capacidad de autodeterminación”. Esa precisión buscó evitar cualquier lectura que achicara la responsabilidad de los condenados.
En base a esto, se aplicó la figura legal del dolo eventual: “Dicho en palabras simples, no se probó que quisieran matar a una persona determinada como fin, pero sí que, sabiendo que podían matar, siguieron adelante y aceptaron esa posibilidad”.
La magistrada explicó que “Todos los agresores fueron identificados con certeza” y que “se acreditó que cada uno de ellos arrojó proyectiles al paso de la víctima y su pareja”, con independencia de cuántos impactaron en Ivana.
La magistrada subrayó que la pena no puede fijarse a partir de la conmoción social que provocó el hecho ni de la gravedad abstracta del delito.
Para atribuir el resultado a los tres acusados, no fue necesario determinar qué piedra alcanzó a la víctima, extremo que tampoco pudo establecerse con certeza más allá de las apreciaciones de algunos testigos presenciales. El fallo sienta un precedente en la ciudad en materia de delitos ocurridos en un contexto deportivo.
La familia de la joven hincha de Rosario Central que hacía tres años regresaba a su casa desde el Gigante de Arroyito recibió el veredicto con señales de descontento, en un acto que cerró el juicio frente al Centro de Justicia Penal.
Con informacion de: La Capital, Rosario3.

Comentarios (10)
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Me parece bien que el tribunal no haya minimizado el hecho. Fueron tres adultos que eligieron arriesgar una vida y la pena debe ser ejemplar.
Lo que me duele es que la familia siga con descontento. La justicia hizo lo que pudo, pero la verdad no va a volver a Ivana.
20 años es poco si tenés en cuenta que la pasaron mal en el clásico. Pero bueno, al menos no la trataron como inmadura.
No es poco, es la pena que dio el tribunal por dolo eventual. Si hubieran querido matar, sería otra cosa.
Dolo eventual no es lo mismo que querer matar, pero sí es aceptar el riesgo. Y eso es gravísimo.
Ojalá la prohibición perpetua se cumpla. Que no vuelvan a un estadio ni a una cancha.
El dato de que eran profesor de química, profesor de educación física y comerciante me deja helada. No es violencia de pibes, es violencia de adultos.
Justo, por eso no hay que minimizarlo. Fueron adultos con plena capacidad de autodeterminación.
La jueza tiene razón: no ocurrió en un vacío social. El clásico en Rosario siempre es una olla a presión.
Me quedo con la parte de que no se necesitó saber qué piedra la alcanzó. Eso cierra la puerta a la excusa de que solo uno la tiró.